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PARA VOLVER A COLEGIARSE UN COLEGIADO
SIN EJERCICIO QUE CAUSÓ BAJA A PETICIÓN
PROPIA EN EL R. e I.C.A.Z.
  
  
  
Documentación a presentar:

          .- Escrito solicitando la incorporación. Se imprime en el propio Colegio. 

          .- Certificado de Penales expedido para incorporación al Colegio de Abogados. (Gerencia de Justicia.- C/ Dr. Fleming, 4, 4º.). 

          .- Una fotografía en color tamaño carnet. 

          .- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. 

          .- Certificado del Consejo General de la Abogacía Española acreditando no estar incurso en causa de incapacidad, inhabilitación o prohibición para el ejercicio de la abogacía. Se tramita en el propio Colegio. 

          .- Abono de las siguientes cantidades: 
 

Cuota de reincorporación (1)
La que resulte
Cuota trimestral ordinaria
80,70
T O T A L  EUROS: 
(1) + 80,70
  

          Junto con la documentación citada deberá justificarse el ingreso, por transferencia, en la cuenta corriente que se facilitará en la sede Colegial de Don Jaime I, 18. 

          (1) No se cobrará cuota de alta a quien se reincorpore al Colegio antes de transcurrir 3 años desde que causara baja. Si se cobrará cuota de alta a quienes se reincorporen al Colegio transcurridos 3 años desde que causaron baja, pero será una cuota especial resultante de hallar la diferencia entre la cuota de incorporación vigente en la fecha en que se causó baja y la cuota de incorporación vigente en la fecha en que se solicita la reincorporación. (Acuerdo de Junta de 29 de marzo de 2001). 

          Zaragoza, julio de 2010.