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1º.- Escrito solicitando la incorporación. Se imprime en el propio Colegio. 2º.- Certificado del Colegio de Origen. 3º.- Certificado del Consejo General de la Abogacía Española acreditando no estar incurso en causa de incapacidad, inhabilitación o prohibición para el ejercicio de la abogacía. Se tramita en el propio Colegio. 4º.- Una fotografía en color tamaño carnet. 5º.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
6º.- Abono de las siguientes cantidades:
Junto con la documentación citada deberá justificarse el ingreso, por transferencia, en la cuenta corriente que se facilitará en la sede Colegial de Don Jaime I, 18. (1) Para tener derecho a la bonificación de la cuota trimestral la colegiación ha de ser ejerciente no residente, en caso de colegiación ejerciente residente la cuota trimestral será completa (107,60 Euros). Por acuerdo de la Junta General de Presupuestos de 20 de diciembre de 2007, da una cobertura de 600.000,00 euros por siniestro sin franquicia. La prima desde el 01/07/2011 hasta el 31/12/2011 asciende a 90,00 euros. Se gira semestralmente. Al causar alta se ingresa la parte proporcional de los meses que restan hasta el 31/12/2011. Se está exento de esta cuota si se acredita documentalmente tener suscrita individualmente una Póliza de Responsabilidad Civil con cobertura para todo el año y por la misma cobertura mínima que la del Colegio. El pago de las anteriores cantidades es independiente de los pagos derivados de la incorporación obligatoria a la Mutualidad General de la Abogacía o a la Seguridad Social y demás pagos legalmente procedentes.
Zaragoza, enero de 2011.
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